GENTES,
COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE
CASTELLÓN:
Por:
JUAN E. PRADES BEL, “humanista” (Proyecto: "ESPIGOLANT CULTURA", taller
de historia, memorias y patrimonios).
(Sinopsis):
RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…
(Temática):
DATOS PARA LA HISTORIA DE TORREBLANCA Y TORRENOSTRA.
“MUNICIPIO DE TORREBLANCA, AÑO 1859, DOS SUBASTAS DE BIENES DE PROPIOS PARA EL ARRIENDO DE DOS HORNOS MUNICIPALES DE PAN COCER”.
Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.
INTRODUCCIÓN: Este artículo trata sobre dos hornos de cocer pan que responden a dos bienes de propios del municipio de Torreblanca, de ambos hornos municipales hay un documento conjunto fechado en el mes de marzo del año 1859 que refiere a la convocatoria de subasta para el arriendo por particulares de estos dos bienes de propios municipales ubicados uno en la calle Dado ("Plaçeta de la Presor") y el otro en la calle San Jaime ("Camí d'Alcalà").
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:
La Discusión (Madrid. 1856). 8/3/1859, n.º 942. PROVINCIA DE CASTELLÓN:
Remate
para el 21 de marzo (1859).
(1). Propios. — Urbanas. — Mayor cuantía. — Un horno de pan cocer, sito en Torreblanca, calle
del Dado, confrontante con casa de D. José Bernad por la renta anual de 1.249
reales que le han regulado los peritos, en 23.320 reales, que son el tipo de la
subasta.
(2). Propios. — Urbanas. — Mayor cuantía. — Otro ídem (horno de pan cocer), sito en la antedicha villa (Torreblanca), calle de San Jaime; capitalizado por la renta anual de 1.500 rs. que le han graduado los peritos en 2".000 rs., (que son el) tipo de la subasta.
ADDENDA:
ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL
ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
- BIENES DE PROPIOS DE UN AYUNTAMIENTO: Se llama bienes de propios a los bienes propiedad de un municipio que proporcionan una renta al mismo por estar arrendados. Generalmente son fincas rústicas, prados, dehesas, montes, molinos, hornos, etc. El municipio las arrienda, obteniendo así unos ingresos económicos. También se conocen como «los bienes propios» o «los propios». Cuando los bienes propiedad del municipio no se arriendan, sino que se aprovechan directamente por los vecinos se denominan «los comunes». En España fueron expropiados, en su mayor parte, en virtud de las leyes de desamortización promulgadas en el siglo XIX.
BIBLIOGRAFIA,
WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
ARCHIVO FOTO-IMAGEN:
Agradecimiento, por las imágenes del antiguo horno de la calle Dado (Plaçeta de la Presor) de Torreblanca facilitadas por Francisca Fabregat Tena, vecina del lugar.