GENTES, COSTUMBRES, FOLKCLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:
EN HOMENAJE
A MI TIERRA...
Por:
JUAN E. PRADES BEL, “Crónicas”, “Humanidades”. (Proyecto: “ESPIGOLANT
CULTURA": Taller de historia, memorias y patrimonios).
(Sinopsis):
RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…
(Temáticas): LOS NOMBRES DE LOS TERRITORIOS Y DE LOS PAISAJES...
(Temáticas): DATOS PARA LA HISTORIA DE LOS MUNICIPIOS DE FORCALL Y TORREBLANCA (CASTELLÓN).
(Temáticas): LOS TRANSPORTES Y LAS COMUNICACIONES A LO LARGO DEL SIGLO XIX POR LAS CARRETERAS, FERROCARRILES Y CAMINOS REALES DE ESPAÑA.
"UNA RUTA HISTÓRICA POR UNA ANTIGUA CARRETERA ESTATAL CONSTRUIDA EN EL SIGLO XIX, LA DEL FORCALL A TORREBLANCA, ABIERTA Y TRANSITABLE HOY EN DÍA EN PLENO SIGLO XXI, EL ITINERARIO DE REFERENCIA ERA “DE FORCALL A TORREBLANCA POR ALBOCACER”, SU CONSTRUCCIÓN COMO CAMINO ORDINARIO ERA MUY ANTERIOR AL AÑO 1860".
Escribe:
JUAN EMILIO PRADES BEL.
—INTRODUCCIÓN: El primer Plan General de Carreteras de España se aprobó por Real Decreto de 7 de septiembre de 1860, y llevaba anexo un listado de "Carreteras del Estado" por provincias, indicando las que debían ser de primer orden, segundo o tercer orden, con ello se definía la estructura viaria del estado de cada provincia, aparte estaba la red de caminos ordinarios de comunicaciones vecinales y comarcales a cargo de los pueblos y las provincias. Las carreteras incluidas en ese Plan de carreteras de 1860, se atribuía el Estado la construcción y la conservación de dichos viales (artículo 19). La construcción de carreteras continuó durante el siglo XIX y el siglo XX, con sucesivos planes, a este citado antiguo Plan General de Carreteras de España del año 1860 le siguieron los planes de carreteras del Estado de los años 1864, 1877, 1914 y otros. En todos ellos cada carretera estaba identificada mediante el itinerario de referencia, y no por numeración, como lo están en la actualidad .
(Art.
19. El estudio, construcción, reparación y conservación de las carreteras, se hará
en su totalidad por cuenta del Estado. Se exceptúan de esta disposición general
las travesías de los pueblos cuyo vecindario pase de 8.000 almas, para las que
seguirá rigiendo la ley de 11 de abril de 1849, en cuanto no se oponga á lo
dispuesto en la presente).
(Art. 14. La anchura ordinaria entre las aristas exteriores de los paseos será en las carreteras de 7 metros, de 6 metros en los caminos vecinales de carros, y de 3 metros en los caminos vecinales de herradura: en los de servicio particular no podrá exceder, según los casos, de 6 ó de 3 metros).
— EL ITINERARIO DE LA ANTIGUA CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA DE FORCALL A TORREBLANCA POR ARES DEL MAESTRAT Y ALBOCACER: Forcall, Cinctorres, Castellfort, Ares del Maestrat, Albocácer, La Sarratella, la Torre d’en Domenec, Vilanova d’Alcolea y Torreblanca.
El recorrido total de esta ruta histórica como carretera del estado creada en el año 1860 es de unos 80 kilómetros aproximadamente.
— PLAN GENERAL DE CARRETERAS DEL ESTADO DEL AÑO 1860; PARA LA PROVINCIA DE CASTELLÓN.
— DOCUMENTO OFICIAL DE ESTADO, DEL AÑO 1860: La Época (Madrid. 1849). 11/9/1860, n.º 3.783, página 3. "Llamamos la atención de nuestros lectores sobre el siguiente importante real decreto, que honra mucho al señor marques de Corvera y en que se satisface una necesidad apremiante del país, estableciendo un sistema bien combinado para la ejecución y clasificación de nuestras carreteras:
— PLAN GENERAL DE CARRETERAS DEL ESTADO APROBADO EL 7 DE SETIEMBRE DE 1860: "MINISTERIO DE FOMENTO. Exposición á S. M.— “Señora: La falta de un sistema bien combinado para la ejecución de las obras de carreteras y la poco meditada inversión de sumas cuantiosas en líneas mal estudiadas sin correspondencia ni enlace unas contras, han producido, como no podía menos de suceder, graves errores y desaciertos, y con ellos gran menoscabo en los intereses de la nación, que con menores sacrificios pudo haber obtenido más fecundos y pingües resultados. Por esta causa se ven con frecuencia obras de consideración principiadas hace muchos años y totalmente paralizadas, así como se hallan concluidas otras de escasa utilidad que hoy seguramente no se hubieran emprendido; siendo de lamentar en ambos casos el empleo estéril de trabajo y recursos que, mejor dirigidos, hubieran contribuido eficazmente al bienestar de las poblaciones y al fomento de la riqueza pública.
- Para cortar un mal de tanta trascendencia, se dispuso en la ley de 22 de julio de 1857 que se formase por el ministerio de Fomento, oyendo á las Diputaciones provinciales, un plan general de carreteras en que, teniendo en cuenta las líneas de ferro-carriles y los caminos ordinarios ya construidos, se procurare satisfacer del mejor modo posible las principales y más urgentes necesidades del país. Iniciaron este trabajo los ingenieros jefes de las provincias proponiendo para cada una de estas la red de comunicaciones que consideraban más conveniente; informaron sobre sus propuestas las Diputaciones provinciales y los gobernadores, y con todos estos datos, unidos á otros muchos que ya existían en la Dirección general de obras públicas, se formó por esta dependencia el plan general definitivo, recayendo sobre él finalmente un dictamen favorable de la Junta consultiva de caminos, canales y puertos.
- Elaborado con todas las antedichas garantías de acierto, es de esperar, si V. M. se digna darle su aprobación que produzca desde luego en la organización del servicio de las obras públicas, grandes y positivas mejoras, pudiendo servir después de base para la reforma, que el gobierno piensa presentar á las Cortes, de la ley de 22 de julio de 1857, deslindando las vías públicas que en el estado actual de nuestra civilización tienen verdaderamente un carácter de utilidad general, y deben quedar por tanto á cargo del Estado, de las que solo tienden a servir y favorecer intereses locales, y que por su índole deben quedar al de las provincias y los pueblos á quienes incumbe entender con la necesaria independencia y libertad en las mejoras que tienen por objeto directo é inmediato la satisfacción de las necesidades de sus comarcas respectivas.
- Solo resta advertir que la clasificación de las carreteras que contiene la relación adjunta no puede considerarse sino como provisional respecto á aquellas, cuyos anteproyectos no se hallan estudiados, debiendo cada una de ellas ser clasificada separadamente con arreglo a lo dispuesto en la ley de 22 de julio de 1857, previos los trámites y requisitos que la misma ley establece.
- Fundado en estas consideraciones, el ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de V. M. el adjunto proyecto de decreto, Madrid 7 de setiembre de 1860.—Señora.—A. L. R. P. de V. M.—El marqués de Corvera".
"REAL DECRETO. Teniendo en consideración las razones que, de conformidad con el dictamen de la Junta consultiva de caminos, canales y puertos, me ha expuesto mi ministro de Fomento. Vengo en decretar lo siguiente:
Artículo único. Se aprueba el adjunto plan general de carreteras formado en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 6.º de la ley de 22 de julio de 1857 para todos los efectos que se determinan en la misma ley y demás disposiciones vigentes.
Dado en palacio á siete de setiembre de mil ochocientos sesenta.
—Está rubricado de la real mano.
—El ministro de Fomento.—Rafael de Bustos y Castilla.
(Sigue la relación
por provincias de las carreteras que forman el plan general para la Península é
islas adyacentes".)
CARRETERAS DE LA PROVINCIA
DE CASTELLÓN.
CARRETERAS DE PRIMER ÓRDEN. De...
— De Molins de Rey á Valencia por Tarragona y Tortosa………
— Castellón por Morella y San Mateo…….
— Teruel por Segorbe y Viver………
Total
288 kilómetros.
CARRETERAS DE SEGUNDO ÓRDEN. De...
— De Nules á Segorbe.............
— De Castellón á Lucena……….
— De Vinaroz á San Mateo...........
— De Vinaroz á la Venta Nueva por Amposta…..
Total 97 kilómetros.
CARRETERAS DE TERCER ORDEN. De....
— De Puebla de Valverde á Morella por Mora y Cantavieja.......
— De Andorra á la Pobleta por Castellote........
— De Forcall á Torreblanca por Albocacer......
— De Jérica á Caudiel.........
— De Onda á Burriana por Villa-real.
— De Nules á Burriana..............
Total 162 kilómetros.
— SUMA DE LOS KILÓMETROS DE CARRETERA EN LA PROVINCIA DE CASTELLÓN EN EL AÑO 1860.
288 kilómetros de carreteras de primer orden.
97 kilómetros de carreteras de segundo orden.
162 kilómetros de carreteras de tercer orden.
Total. 547 kilómetros de carreteras del estado.
EL MARQUÉS DE CORVERA: D. Rafael de Bustos y Castilla-Portugal 1807-1894, era el Marqués de Corvera (VIII), fue Ministro de Fomento desde el año 1858 a 1861).
TIPO DE FIRME:
- Plan General de Carreteras de España se aprobó por Real Decreto de 7 de septiembre de 1860:
(Art. 19. El estudio, construcción, reparación y conservación de las carreteras, se hará en su totalidad por cuenta del Estado. Se exceptúan de esta disposición general las travesías de los pueblos cuyo vecindario pase de 8.000 almas, para las que seguirá rigiendo la ley de 11 de abril de 1849, en cuanto no se oponga á lo dispuesto en la presente).
(Art. 14. La anchura ordinaria entre las aristas exteriores de los paseos será en las carreteras de 7 metros, de 6 metros en los caminos vecinales de carros, y de 3 metros en los caminos vecinales de herradura: en los de servicio particular no podrá exceder, según los casos, de 6 ó de 3 metros).
ARCHIVO:
De Juan Emilio Prades Bel - Trabajo propio, CC BY-SA 4.0, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=48842217
Panorámica de Forcall. |
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