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miércoles, 2 de octubre de 2019

AÑO 1954: LA DESECACIÓN DE LAS LAGUNAS DE ALBALAT Y MIRAVET

GENTES, COSTUMBRES, FOLCLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Temáticas): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA).

"AÑO 1954: LA DESECACIÓN DE LAS LAGUNAS DE ALBALAT Y MIRAVET DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CABANES".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).

INTRODUCCIÓN: Secuencias históricas, antrópicas y económicas, sobre el antiguo cultivo del arroz y los intentos de implantación de este cultivo agrícola, en el humedal llamado el Prat de Cabanes y Torreblanca, dichos acontecimientos de transformación y planificación integral agrícola del humedal ocurrieron en los años 40-50 del pasado siglo XX.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL (Sic):

Boletín Oficial del Estado— Núm. 258 15 septiembre 1954. Páginas 6204 y 6205. DECRETO de 10 de agosto de 1954 por el que se autoriza al Ayuntamiento de Cabanes (Castellón), para desecar los terrenos pantanosos de su término municipal denominados Lagunas de Albalat y Miravet, con arreglo a las condiciones que se indican. Por Decreto de veintinueve de agosto de mil novecientos- treinta y cinco («Gaceta» del treinta y uno), sé otorgó a don Antonio Vidal Suárez la concesión de desecación y saneamiento de los terrenos pantanosos en término de Cabanes (Castellón), denominadas lagunas de Albalat y Mirabet, con arreglo a lo preceptuado en la Ley de veinticuatro de julio de mil novecientos dieciocho, aprobándose como presupuesto subvencionable el de contrata, por un valor de dos millones ciento cuarenta y cinco mil trescientas ochenta y cuatro pesetas con ochenta céntimos, y fijándose como subvención el cincuenta por ciento de dicho presupuesto, o sea un millón setenta y dos mil seiscientas noventa y dos pesetas con cuarenta céntimos. , Por Decreto de veinte de febrero de mil novecientos cuarenta y ocho (BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO del veinticinco), se autorizó a este Ministerio para transferir el aprovechamiento a favor del Ayuntamiento de Cabanes, cuya transferencia ha tenido lugar por Orden ministerial de trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho (BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO del veintitrés. La Corporación Municipal ha presentado un nuevo proyecto reformado del aprovechamiento, en vista de la imposibilidad de adaptar las obras al proyecto aprobado, acerca del cual se ha 'informado favorablemente por el Consejo de Obras Públicas y por el Consejo de Estado, siempre a base de mantenerse la subvención acordada. En virtud de lo expuesto, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:

Artículo único.—Se autoriza al Ayuntamiento de Cabanes (Castellón) para desecar los terrenos pantanosos de su término municipal denominados lagunas de Albalat y Mirabet y su posterior reducción a cultivo en la extensión comprendida entre la rama, Norte del canal de circunvalación, construido al amparo de la concesión otorgada sobre dichos terrenos, a don Luciano Bautista Muñoz y consocios, en veinticuatro de mayo de mil ochocientos sesenta y tres y posteriormente a don Antonio Vidal Suárez, en veintinueve de agosto de mil novecientos treinta y cinco, y el mar Mediterráneo, cuya superficie es de quinientas cincuenta y dos hectáreas y sesenta áreas, v limita: al Norte, con el término de Torreblanca; al Oeste, con el de Cabanes; al Sur, con el de Oropesa, y al Este, con el mar Mediterráneo, con las siguientes condiciones:

PRIMERA. - Las obras se ejecutarán en sus líneas generales con sujeción a las que se definen en el proyecto reformado presentado por el peticionario, que suscribe el Ingeniero de Caminos don Adolfo Machinandiarena. 

SEGUNDA. - Se declararán de utilidad pública las obras objeto de la presente concesión, a los efectos de la aplicación de la Ley de diez de enero de mil ochocientos setenta y nueve, así en cuanto a la expropiación de terrenos como a ocupaciones definitivas o temporales, y se aprueba, para su ejecución total, un presupuesto de contrata de siete millones ochocientas veintiocho mil seiscientas cincuenta y cinco pesetas con noventa y siete céntimos, aunque a efectos subvencionables se considerará el del proyecto primitivo de dos millones ciento cuarenta y cinco mil trescientas ochenta y cuatro pesetas con ochenta céntimos.

TERCERA. - Se concede para la desecación y saneamiento de la totalidad de los terrenos, cuya demarcación se concreta en el preámbulo de estas condiciones, una subvención- de un millón setenta y dos mil seiscientas noventa y dos pesetas con cuarenta céntimos, que serán abonada al peticionario, previo descuento de ochenta y un mil novecientas noventa y seis pesetas con quince céntimos, a que asciende él valor de las obras ejecutadas por el anterior concesionario, que son aprovechables.

CUARTA. - Las obras deberán, comenzarse en el plazo de tres meses, a contar de la fecha de aprobación de este proyecto reformado, y terminarse a los tres años y tres meses de su comienzo, pero ajustándose su velocidad de ejecución a los plazos que a continuación se fijan:

Primer plazo: Quince meses. — Construcción de las golas, terminación del cordón de defensa litoral y terminación de los canales principales.

Segundo plazo: Doce meses. — Terminación de los canales secundarios y saneamiento completo de las parcelas una al dieciséis.

Tercer plazo: Doce meses. — Saneamiento completo de las parcelas dieciséis al treinta y dos y total terminación de las obras.

QUINTA. — La subvención será abonada al concesionario en tres anualidades, previas las certificaciones de la Con federación Hidrográfica del Júcar que acrediten la completa terminación, con arreglo a condiciones, de las obras ejecutadas en cada plazo de los citados en el artículo anterior, siendo las cuantías de dichas anualidades las que siguen: Primera anualidad, trescientas sesenta y siete mil ciento sesenta y cuatro pesetas con sesenta y un céntimos. Segunda anualidad, doscientas setenta y dos mil ochocientas setenta y cuatro pesetas con sesenta y un céntimos. Tercera anualidad, trescientas cincuenta mil seiscientas cincuenta y siete pesetas con tres céntimos.

SEXTA. — Las obras se ejecutarán bajo la inspección de la Confederación Hidrográfica del Júcar, a la que el concesionario habrá de dar conocimiento del comienzo y terminación de las correspondientes a cada plazo, levantándose acta de replanteo y reconocimiento final de cada grupo de obras, a fin de acreditar el cumplimiento de las cláusulas de esta concesión.

SÉPTIMA. — Serán respetadas en su disfrute actual todas las servidumbres legítimas existentes, dejándose a lo largo del litoral un camino de seis metros de ancho a partir de la mayor pleamar, para lo cual todo el canal de desagüe que lo intercepte tendrá su puente correspondiente.

OCTAVA. — El concesionario facilitará a las concesiones mineras enclavadas en la zona objeto de la desecación el terreno que aquéllas necesiten para su explotación, previo pago de su importe, determinado, en caso de desavenencia, con arreglo a las disposiciones de la Ley y Reglamento de expropiación forzosa.

NOVENA. — Sin que la parte de zona solicitada contigua al mar pierda su carácter de zona marítimo-terrestre de dominio público, se respetará en dicha zona, y a partir de la máxima pleamar, una faja de seis metros de ancho para el salvamento de náufragos y vigilancia del litoral, a cuyo fin se dotarán las desembocaduras de las golas y canales de desagüe de los puentes de pasos necesarios.

DÉCIMA. — Esta concesión se entiende hecha sin perjuicio de tercero, salvo el derecho de propiedad, y sujeta a cuanto con carácter general prescribe la vigente Ley de Aguas y la de veinticuatro de julio de mil novecientos dieciocho, creando auxilios para la desecación de lagunas y marismas, eh lo que no se modifique por estas condiciones.

UNDÉCIMA. — Queda el concesionario obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes de carácter social y protección a la producción nacional, o a las que puedan dictarse en lo sucesivo con este carácter que le afecten. 

DUODÉCIMA. — Caducará esta concesión por incumplimiento de una cualquiera de estas condiciones y en los casos previsto en las disposiciones vigentes, declarándose la caducidad con arreglo a la Ley de Obras Públicas y Reglamento para su aplicación. Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en San Sebastián a diez de agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Obras Públicas, FERNANDO SUAREZ DE TANGIL Y ANGULO.
B. O. E.— Núm. 258 15 septiembre 1954.
Humedal del Prat 

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 






AÑO 1955: EL ANTIGUO COTO ARROCERO DE LA “TORRE DERROCADA”, DE FRANCISCO MAÑEZ SOLDEVILLA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA).

"AÑO 1955: EL ANTIGUO COTO ARROCERO DE LA “TORRE DERROCADA”, DE FRANCISCO MAÑEZ SOLDEVILLA".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. (Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar y sentir un mundo de vidas muy diferentes a la mía. JEPB).

INTRODUCCIÓN: Secuencias históricas, antrópicas y económicas, sobre el antiguo cultivo del arroz y los intentos de implantación de este cultivo agrícola, en el humedal del Prat de Cabanes y Torreblanca, en los años 40-50 del pasado siglo XX.

DOCUMENTOS HISTORICOS DE LA LUCHA ENCONADA CONTRA LAS TERCIANAS: 

AÑO 1785: Una Real cédula de Carlos III en el año 1785 (Real Cédula de S.M. y señores del Consejo), por la cual se manda que para evitar en lo sucesivo las Epidemias de Tercianas ocurridas en el Reyno de Valencia, se pongan en curso las "Aguas Estancadas", y se observen las demás reglas que se prescriben para dicho fin. 

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:

AÑO 1955: MINISTERIO DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA: 26 agosto de 1955, B. O. del E.— Núm. 238. Páginas 5275 y 5276. Publicado en el Boletín Oficial del Estado...
Textos: -"ORDEN de 8 de agosto de 1955 por la que se concede el carácter de coto arrocero a una finca propiedad de don Francisco Mañez Soldevilla, vecino de Torreblanca, sita en la partida "Torre Derrocada", del término municipal de Cabanes (Castellón). 
- Ilustrísimo. Sr.: Examinado el escrito que con fecha 9 de mayo de 1946 presentó don Francisco Mañez Soldevilla, vecino de Torreblanca, en el Gobierno Civil de Castellón, solicitando declaración de coto arrocero para una finca de su propiedad de 1,8820 hectáreas, sita en la partida «Torre Derrocada», del término municipal de Cabanes (Castellón); y 
- Resultando que con fecha 9 de mayo de 1946, don Francisco Mañez Soldevilla, vecino de Torreblanca, presentó en el Gobierno Civil de la provincia mencionada la instancia que dio origen al expediente, acompañado del oportuno proyecto suscrito por el Ingeniero Agrónomo don Gregorio Menéndez, solicitando declaración de coto arrocero para una parcela de 1,8820 hectáreas, dentro de una finca de su propiedad sita en la partida «Torre Derrocada», de 15,1660 hectáreas, teniendo por linderos la finca total los siguientes: al Norte, carretera vieja de Castellón; al Este, don Manuel Sales; al Sur, «Prado de Ribera», y al Oeste, Carrerasa Pública. Y los de la parcela en cuestión: al Norte, resto de la finca, mediante desagüe; al Este, Manuel Sales; al Sur canal del Realeng, y al Oeste, Carrerasa de Don Claros. Advirtiéndose que la parcela será regada con agua elevada procedente de un pozo de la propia finca, y estimando que la situación y naturaleza del terreno, así como las condiciones climatológicas, permiten la transformación del terreno, actualmente inculto, en coto arrocero, con ventajas para la economía nacional y local y en beneficio de la salud pública, ya que quedaría saneado un lugar que hoy es sólo criadero de mosquitos «Anopheles»; 
- Resultando que el Ingeniero autor del proyecto, aborda en un extenso y documentado estudio los principales puntos que pueden servir de base para la resolución, cifrándose el presupuesto total de la transformación en 14.206 pesetas, lo que supone un gasto por hectárea de 7.556, estimando que la obra es económicamente rentable por la considerable plusvalía que va a alcanzar el terreno al pasar de 200 a 1.500 pesetas el valor de la hanegada, y por las buenas cosechas de arroz que se han de obtener, cifrándose el rédito anual en 3.082 pesetas, frente a una renta anterior prácticamente nula, y resultando que tal cantidad es el 5,25 por 100 del capital territorial, sobre la base de obtener un producto anual bruto de 17.837 pesetas, lo cual equivale a una renta por hanegada de 100 pesetas, siendo así que la cotización general es de unas 60; y
- Resultando que con fecha 30 de mayo de 1946, el «Boletín Oficial» de la provincia publicó un extracto del proyecto, concediendo un plazo para presentar reclamaciones, y sin que se haya recibido ninguna; Resultando que con fecha 10 de julio de 1946 el Jefe Provincial de Sanidad informa favorablemente el proyecto, comprometiéndose, por su parte, a extremar la vigilancia y los cuidados para que el cultivo del arroz no perjudique a la endemia palúdica que de siempre existe en Cabanes; 
- Resultando que con fecha 7 de enero de 1955 el Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del Júcar informa favorablemente el proyecto, manifestando que como el riego se ha de hacer mediante el agua procedente de un pozo sito en la finca del solicitante, sin que sea necesario el empleo de aguas públicas. no existe ningún inconveniente, por lo que a dicho Servicio se refiere, en que se acceda a lo solicitado; Resultando que la Jefatura Agronómica, con fecha 20 de abril del año en curso, informa que el terreno de la parcela en el cual se trata de cultivar arroz es de naturaleza arcillosa, y aún más el subsuelo, con manchas turbosas, lo que determina en época de lluvias un fácil encharcamiento, siendo además, por su proximidad al mar, de carácter salobre; que las condiciones climatológicas permiten un desarrollo normal a dicha planta; que la finca dispone de agua para el riego de nuevo aprovechamiento, procedente de un pozo situado en ella; que actualmente no tiene ninguna aplicación, por lindar con terrenos incultos y pantanosos, de cuya condición participa, y al efecto la vegetación espontánea se compone de juncos y carrizos, estimando que con el saneamiento en proyecto y el lavado que procura el cultivo del arroz se convertirá la tierra en productiva, y finalmente, que no existe perjuicio de tercero, por todo lo cual informa favorablemente; 
- Resultando que, con fecha 26 de mayo último, el Excmo. Sr. Gobernador Civil de Castellón, al remitir el expediente, dice que, en vista de los favorables informes técnicos emitidos, es procedente la concesión del coto arrocero solicitado por el interesado; 
- Resultando que, por estar el expediente aún sin resolver en la fecha de publicación de la Orden ministerial de 27 de abril último, fue enviado a la Federación Sindical de Agricultores Arroceros, a fin de que este organismo evacuara el trámite que prescribe el apartado tercero de la Orden citada; 
- Resultando que, con fecha 21 de julio del actual, dicho organismo informa favorablemente la concesión, ya que las tierras reúnen las condiciones exigidas por el artículo segundo del Decreto de 23 de mayo de 1945, no pueden dedicarse a otros cultivos y además el caudal de agua es suficiente; 
- Vista la legislación aplicable al caso, y concretamente la Ley de cotos arroceros, de 17 de marzo de 1945, así como el Decreto que la reglamenta, de fecha 23 de mayo del mismo año y la Orden ministerial de 27 de abril último; 
-Considerando que con la presentación del proyecto e informes anejos se han cumplido todas las disposiciones reglamentarias sobre la materia; Considerando la perfecta adecuación, en cuanto a suelo, clima y situación de la finca, para el cultivo del arroz; y
- Considerando que el peticionario se propone hacer un gran esfuerzo económico para producir considerable riqueza en terrenos antes totalmente improductivos; y
- Considerando que las disponibilidades de agua están fuera de toda eventualidad, por cuanto procede de un pozo situado en la finca, el cual produce un caudal sobrado para el riego; 
- Considerando que para que los acotamientos tengan el carácter de tales deben de quedar  perfectamente delimitados sobre el terreno, de manera que ni a los usuarios ni a los colindantes se les ofrezca la menor duda acerca de por dónde discurre el límite de separación del coto; Como consecuencia de todo lo anterior. Este Ministerio ha resuelto conceder la declaración de coto arrocero a favor de don Francisco Máñez Soldevilla, de cuya situación y linderos queda mención hecha. La delimitación y amojonamiento habrá de ser efectuada por la Jefatura Agronómica de Castellón, siendo todos los gastos que esta operación ocasione de cuenta del peticionario, el cual quedará obligado a conservar en todo momento los mojones completamente visibles y en su lugar exacto de colocación. Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I. muchos años, Madrid, 8 de agosto de 1955.
CAVESTANY Ilustrísimo Sr. Director general de Agricultura."
TOPÓNIMOS CITADOS:
- Carretera vieja de Castellón.
- Partida rural de la «Torre Derrocada».
- Prado de Ribera.
- Carrerasa Pública.
- Canal del Realeng.
- Carrerasa de Don Claros o Don Carlos.

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES: 

Boletín Oficial del Estado de 26 agosto de 1955.
Ley de cotos arroceros, de 17 de marzo de 1945.
Federación Sindical de Agricultores Arroceros.

SINOPSIS: La intención de este quien escribe estos textos, es la de aportar datos históricos fehacientes para poner de manifiesto las diversas etapas evolutivas del humedal llamado el Prat de los términos municipales de Torreblanca y Cabanes, preservar el conocimiento popular y la trasmisión cultural verbal, y tratar de mejorar las perspectivas de entendimiento y de interpretación de los avatares evolutivos naturales de este medio lacustre del Prat, y explicar las transformaciones antrópicas e históricas que han modelando los paisajes y la naturaleza de este importante humedal del Prat de Cabanes-Torreblanca (Castellón), el cual fue declarado en el año 1994 Parque Natural de la Comunidad Valenciana. Saludos a los lectores. Atentamente. Juan E. Prades Bel. Año 2019.

ARCHIVO: "TRABAJOS Y TRABAJADORES EN LOS COTOS ARROCEROS DEL PRAT DE CABANES".



viernes, 27 de septiembre de 2019

DOCUMENTS PER A LA HISTORIA DE LA PLANA DE ALBALAT: JAUME I.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Proyecto): VALORS PATRIMONIALS DE LA PLANA DE ALBALAT.

"DOCUMENTS PER A LA HISTORIA DELS POBLES I LA GENT DE LA PLANA DE ALBALAT".

Escriu: JUAN EMILIO PRADES BEL.

1263, agost 24. València

Jaume I ordena als homes dels termes de Morella, Culla, Cervera, Coves de Vinromà, Albalat i Benifassà, no compren sal que no siga de Peníscola.
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria reial. Pergamí nº 1754 de Jaume I. Còpia autoritzada de 1304
J. Sánchez Adell. "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referencia
TEXTE:
Hoc est translatum bene et fideliter factum idus ianuarii anno Domini millesimo trescentesimo tercio, sumptum a quadam litera papirea illustrissimi domini Jacobi, felicis recordacionis regis Aragonum, sigillata sigillo suo minori cereo fixo in dorso, tenor cuius litere dignoscitur esse talis:
Jacobus Dei gracia rex Aragonum, Maioricarum et Valencie, comes Barchinone et Urgelli et dominus Montispesulani.
Fidelibus suis universis hominibus de Morella et terminorum suorum, de Culla et terminis suis, de Cervaria et terminis suis, et hominibus de Coves et terminis suis, de Exivert et terminis suis, et hominibus Albalat, et termini fratrum de Benifazano; salutem et graciam.
Mandamus vobis firmiter, quatenus omnes vos superius nominati, utamini de sale Paniscole et accipiatis de eodem et non aliquo alio sale.
Et hoc non mutetis aliqua racione.
Scientes quod si aliquis vestrum usus fuerit alio sale, nisi de sale Paniscole supradicto, unicumque inventus fuerit utente alio sale, amitat bestiam et omnia que secum apportabit sine aliquo remedio.
Datum Barchinone IX kalendas septembris anno Domini millesimo ducentesimo sexagessimo tercio.
Sig+num Petro Ferrarii, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Mathei Calonge, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Guillermi de Verneto, notarii publici Valencie, qui hec fecit fideliter translatari die et anno in prima linea contentis.
BIBLOGRAFIA:
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria reial. Pergamí nº 1754 de Jaume I. Còpia autoritzada de 1304
J. Sánchez Adell. "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referència
Arxiu Jaume I
ARCHIVO, IGLESIA MEDIEVAL DE RECONQUISTA  DE ALBALAT, DONDE ESTUVO, DESCANSO Y REZO EL REY JAIME I 







domingo, 22 de septiembre de 2019

VIES PECUÀRIES, TERMINOLOGIA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Proyecto): "ARQUITECTURA POPULAR, CORRALS ANTICS I ALTRES CONSTRUCCIONS PASTORILS DE LA COMUNITAT VALENCIANA".


"VIES PECUÀRIES: TERMINOLOGIA APLICADA EN L'EQUIVALÈNCIA DE LES DENOMINACIONS DE LES VIES SEGONS LA LLEI 3/2014 (BOCV 259, 15.07.2014):
(1)- Canyades: són les vies pecuàries amb una amplària no superior a 75 metres. En castellá és l'equivalent a cañadas: son las vías pecuarias con una anchura no superior a 75 metros.
(2) - Carrerades: són les vies pecuàries amb una amplària no superior a 37,5 metres.
En castellá és l'equivalent a cordeles: son las vías pecuarias con una anchura no superior a 37,5 metros.

(3) - Veredes o assagadors: són les vies pecuàries amb una amplària no superior a 20 metres. En castellá és l'equivalent a veredas o azagadores: son las vías pecuarias con una anchura no superior a 20 metros.
(4) - Carrerasses: són les vies pecuàries, l’amplària de les quals serà la que es determine en l’acte de classificació. En castellá és l'equivalent a coladas: son las vías pecua
rias, cuya anchura será la que se determine en el acto de clasificación.
(5) - Cabañera- cabanera: Camí ramader de més de 32 pams d’amplària.
CONCLUSIONS: Estes denominacions són compatibles amb altres com ara la de via pecuària real, camí de l’empriu, camí del realenc, pas ramader, braç d’assagador, fillola, camí ramader, pletes, mallades, abeuradors, camí de bestiar, camí o assagador d’herbatge, lligallo, carrerada, carrerassa, cabanera o descançadors....Estes denominaciones son compatibles amb altres formes léxiques, como la de vía pecuaria real, camí d’empriu, camí del realenc, paso ganadero, braç d’assagador, fillola, camino ganadero, majadas, mallades, abrevaderos, camí de bestiar, camí o assagador d’herbatge, ligallo, carrerada, carrerassa, cabañera o descansaderos.
Correspondències habituals anteriors en la traducció dels genèrics en el DOGV (almenys fins a l’any 1994):
CASTELLA = VALENCIÀ (singular)]
- Abrevadero= abeurador.
- Azagador = assegador (carrerada)
- Cañada = assegador (carrerada)
- Cañada real = assegador real (camí real).
- Colada = assegador (carrerada)
- Cordel = carrerada (assegador)
- Descansadero = descansador, mosquera, Mallada: Lloc de parada o repòs del bestiar .
- Galiana = assegador (carrerada).

- Paso = pas.
- Vereda = sendera (vereda).
BIBLIOGRAFIA:
- Prades Bel, Juan E. (2015): “La Carrerassa de l'Escorredoret, un camí ramader”. 8-10-2015, mispueblos.es.
-Prades Bel, Juan E. (2015): “Lugares de interés medioambiental y paisajístico del término municipal de Cabanes”. 8-3-2015. mispueblos .es.
- Prades Bel, Juan E. (2015): “La Carrerassa del Castell”. 5-10-2015, mispueblos.es.
- Prades Bel, Juan E. (2012): "Pels camins de La Ribera: La Cenieta, mesón y postas". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, pàgina 31, any 2012.
- Prades Bel, Juan E. (2012): "Cabanes i La Ribera en el diccionari Madoz (1845-1850)". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, pàgines 12-15, any 2012.
- Prades Bel, Juan E. (2012): "La torre dels Gats, La Ribera-Cabanes". Revista Mainhardt D.P: CS-357/88, nº73/agost /2012, pàgina 57 any 2012.
- Prades bel, Juan E. (2011): "Pels camins de La Ribera: l'Església medieval d'Albalat". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, pàgines 12-13, any 2011.
- Prades Bel, Juan E. (2015): “El corral Imperial”.(s/p)
- Prades Bel, Juan E. (2015): “La Carrerassa de la Ratlla”. (s/p)
- Prades Bel, Juan E. (2013): “El Arco Romano de Cabanes”. 16-1-2013, mispueblos.es.
- Prades Bel, Juan E. (2015): “Toponímica hidrogeològica de la plana del castell d'Albalat”. 7-3-2015, mispueblos.es.
- Prades Bel, Juan E. (2015): “Patrimonio natural y vegetal de Cabanes (Castellón) : el paraje natural del Desierto de las Palmas/ Desert de les Palmes”. 1-3-2015, mispueblos.es.
- Prades Bel, Juan E. (2015): “Les principals carrerasses, camins i assegadors ramaders de Torreblanca”. (s/p)
- Prades Bel, Juan E. (2015): “Corral del Cerdá/corral d'Oña”.(s/p)
- Prades Bel, Juan E. (2015): “El camí ramader de l'assegador de Don Carlos”. 9-10-2015, mispueblos.es.
-Prades Bel, J. E. (2011): “L'esglesia medieval de Albalat (Cabanes)”. Julio 2011.Revista en Pregoner, pág.3, D.L.B5056-2009.
-Prades Bel, J. E. (2011): “Ermita de Les Santes (Cabanes)” . Octubre 2011. Revista en Pregoner D.L.B5056-2009.
-Prades Bel, J. E. (2011): "Una visita al Ermitorio de les Santes (Desierto de las Palmas)". Publicación Revista Tossal Gros D.L.CS-419-1988, nº140 págines 28-29, any 2011.
-Prades Bel, Juan E. (2012): "Pels camins de La Ribera: La Cenieta, mesón y postas". Publicación en el Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera de Cabanes, página 31, any 2012.
- Prades Bel, Juan E. (2012): "Cabanes i La Ribera en el diccionario Madoz (1845-1850)". Publicación en el “Llibre de Festes Patronals Sant Pere, La Ribera de Cabanes”, págines 12-15, any 2012.
-Prades Bel, Juan E. (2012): "La torre dels Gats, La Ribera-Cabanes". Publicación Revista Mainhardt D.P: CS-357/88, nº73/agost/2012, página 57 any 2012.
-Prades Bel, Juan E . (2011): "Pels camins de La Ribera: l'Esglesia medieval d'Albalat". Publicación Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 12-13, any 2011.
-Prades Bel, Juan E. (2011): "La romería de Sant Pere de l'any 2003 en honor al patró de La Ribera". Publicación Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 30-31, any 2011
-Prades Bel, Juan E. (2010): "La torre refugi del Carmen"(La Ribera de Cabanes). Publicación Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 30, any 2010.
- Prades Bel, Juan E. (2010): "La torre de costa de Torre la Sal"(La Ribera de Cabanes). Publicación Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 31, any 2010.


domingo, 26 de mayo de 2019

VIATGE A LA CIUTAT DE VALÈNCIA, 2019.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

"VIATGE A LA CIUTAT DE VALÈNCIA, PROGRAMAT PER L'ASSOCIACIÓ D'AMES DE CASA DE TORREBLANCA, 2019".

Escriu: JUAN EMILIO PRADES BEL

Dins de les activitats del mes de maig del curs 2019, programades per l'Associació d'Ames de Casa de Torreblanca, s'ha fet un viatge econòmic i cultural d'una jornada per a visitar la històrica ciutat de València, a destacar tres activitats, la ruta amb autobús turístic per tota la ciutat de València, la visita a la casa de les Roques de la provesor de Corpus Cristhi, visita a les torres de Serrans, i al districte de Ciutat Vella, i la visita al Museu de la Prehistòria, que ocupa una part de l’antiga Casa de Beneficència, un grandiós i magnific edifici construït en l’any 1841. La Casa de Beneficència, i actual Museu de Prehistòria i seu del Servici d’Investigació Prehistòrica de València consta de planta baixa i dos pisos disposats en un entorn de cinc patis. En les exposicions permanents hi han mostres dedicades a la Fauna Quaternària, al Paleolític i al Neolític, a l’Edat del Bronze, a l'Història dels diners, a la Cultura Ibèrica i al Món Romà.

Recomanacions: El centre de València és història pura i edificis antics, monumentals i espectaculars, per on passejar i passar el dia envoltat d'un ambient de tradició valenciana, i d’una experiència magnífica.
PATRIMONI MONUMENTAL URBÀ DE LA SEU DE VALÈNCIA EN CIUTAT VELLA:
- Catedral de València: Construïda entre els segles XIII i XVIII.
- La Reial Basílica de la Verge dels Desemparats: Del segle XVII.
- La plaça de la Verge
- Les torres de Serrans.
- Les torres de Quart.
- Museu de les Roques.
- Església del Santíssim Crist del Salvador: Construïda entre els segles XIII i XVIII).
- Palau de la Generalitat Valenciana: Del segle XV, i reformat al segle XX, és seu de la Generalitat Valenciana.
- Palau de Benicarló: És la seu de les Corts Valencianes.
- Palau del Marqués de la Scala: És una de les seus de la Diputació de València.
- Palau dels Català de Valeriola: Construït entre els segles XV i XVIII.
- Palau dels Escrivà: Del segle XVIII.
- La torre del Micalet, o Miquelet és el nom popular del campanar de la catedral de València, i és un dels principals símbols icónics de la ciutat de València.
-Restes arqueològiques de la plaça de l'Almoina: romanes, visigodes i andalusins.
- L’Almodí de València: Del segle XVI.
- L'església de Santa Caterina: Construïda entre els segles XIII i XVIII
- L'església de Sant Nicolau de Bari i Sant Pere Màrtir: Construïda entre els s
(J.E.P.B., 2019)



















miércoles, 22 de mayo de 2019

LA ESTACIÓN FERROVIARIA DE TORREBLANCA (CASTELLÓN)

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

"LA ESTACIÓN FERROVIARIA DE TORREBLANCA (CASTELLÓN)".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. 

EXPOSICIÓN: La estación de Torreblanca (Castellón) fue inaugurada el 12 de marzo del año 1865 con la apertura del tramo Benicasim-Ulldecona de la línea que pretendía unir Valencia con Tarragona.​ Las obras corrieron a cargo de la Sociedad de los Ferrocarriles de Almansa a Valencia y Tarragona o A.V.T. que previamente y bajo otros nombres había logrado unir Valencia con Almansa.​ En 1889, la muerte de José Campo Pérez principal impulsor de la compañía abocó la misma a una fusión con la línea del Ferrocarril del Norte. En 1941, tras la nacionalización del ferrocarril en España, la estación de Torreblanca y la línea pasó a ser gestionada por la recién creada RENFE.

- La primera línea de ferrocarril de Valencia a Barcelona, fue promovida por José Campo -Marqués de Campo- la compañía de los “Ferrocarriles de Almansa a Valencia y Tarragona” (A.V.T), establecida por efectos de la Real Orden del 28 de febrero de 1862.

- En lo que respecta al trayecto dentro de la provincia de Castellón, la llegada del ferrocarril a Castellón, se produjo el 26 de diciembre del año 1862, y la mejora que supuso la comunicación Valencia– Castellón- Tarragona a través de Benicasim, este tramo hasta Benicassim fue inaugurado el 19 de noviembre de 1863, y el resto de la línea férrea hasta Ulldecona el 12 de marzo de 1865, lo que permitió enlazar mediante la inauguración el día 21 de junio de 1868 del puente sobre el Ebro en Tortosa, ambos tramos de la línea ferroviaria; quedando resuelto el enlace con el tramo Tortosa –Tarragona, consiguiendo una considerable reducción del tiempo empleado en cubrir el trayecto hasta Barcelona,  reducido a 8 horas y 42 minutos de viaje, mediante el recorrido de un tren especial que consiguió establecer promedios de 53 Km/hora, en lo que sería un evidente logro respecto de los tiempos efectivos empleados en los desplazamientos, consiguiendo mejorar la calidad del servicio que debería prestarse al usuario. Lo que supuso suficiente motivo para convertir al ferrocarril en uno de los objetivos militares más destacados y apetecidos por las tropas carlistas, que se dedicaron a hostigar continuamente la línea ferroviaria.

- Desde el 31 de diciembre de 2004 Renfe Operadora explota la línea mientras que Adif es la titular de las instalaciones ferroviarias.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: 

(Documento, textos del año 1864): (El Clamor público. 7/8/1864, página 2). "CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA DEL FERROCARRIL". 

"- Las noticias que sobre las obras del ferrocarril de Valencia á Tarragona se dan en la carta que á continuación insertamos, son altamente satisfactorias y nos hacen concebir la esperanza de que aquel importante camino se abrirá á la explotación pública dentro del plazo señalado en las condiciones que se aceptaron en el acto de la subasta por la sociedad constructora y que termina el 21 de Marzo de 1865.

- Aunque no de tanto interés, las demás noticias que la carta contiene, creemos que será leída con gusto por nuestros suscritores. Dice así: Alcalá de Chisvert, 1.º de Agosto de 1864. Los trabajos de la vía-férrea que ha de poner en comunicación las capitales del reino valenciano y Principado catalán, marchan con notable rapidez en el trayecto desde Benicasim á Vinaroz.

- La vía férrea ya está asentada en muchos sitios del término de Torreblanca, Alcalá, Vinaroz y Benicarló. El magnífico puente de hierro del río Cuevas (término de Alcalá) se halla completamente colocado, y reúne á su solidez la elegancia más perfecta. Pero la obra que más ha llamado la atención de los inteligentes, es el puente nominado de la Boticaria, sito en el término de Alcalá de Chisvert. Es de un solo ojo, de un espesor inmenso, atrevido en su construcción, por el inmenso terraplén que le va colocado sobre su superficie. 

¡Lástima que se halle situado en un rincón del término, pues no podrá lucirse, como si estuviera al paso de un camino real !.

- Bien que para fin de año ya correrán las locomotoras el trayecto que media entre Benicasim y Vinaroz; no sé qué fundamento pueda tener esta noticia, pues las obras del túnel de Oropesa, aunque adelantadas, todavía les falta algo que hacer, y las de la Pasiva del término de Alcalá no están terminadas y los terraplenes son más que regulares, pues miden algunos de ellos diez ú once metros de altura.

- Ya se va animando el delicioso sitio de Alcoceber; y muchas familias se constituyen allí, para sumergirse en el elemento salado, hasta las fiestas de Alcalá que serán el 23 de Agosto, y de las que daré á Vd. detalles.

-La cosecha de algarrobas promete ser muy buena; no así la de vino, regular la de aceite, aunque no puede asegurarse nada hasta que no pase el mes de agosto, según el aforismo de nuestros labriegos.

- El sumario de la causa sobre homicidio á un vecino de esta villa, en el ferrocarril, causado con unas palas de hierro y del modo más terrible, se halla casi terminado, merced al celo del laborioso é inteligente señor juez y promotor fiscal del juzgado.

-  Daré á Vd. detalles cuando el estado del procedimiento lo permita".

(El Clamor público. 7/8/1864, página 2).

(Documento, textos del año 1864): La Época (Madrid. 1849). 3/11/1864, n.º 5.111, página 4.—Sigue creyéndose, que el día de S. M. la Reina se abrirá a la explotación el trozo de vía desde Benicasim á Vinaroz, en el ferro-carril de Valencia á Tarragona. El sábado visitó las obras de esta importante vía desde "Bénicasin" hasta Vinaroz, su constructor el señor Campo, que invitó al efecto á los directores de la sociedad de ferro-carriles valencianos, y a los señores gobernador y jefe de fomento de Castellón, provincia que atraviesa aquella línea. La sección del ferro-carril visitada es una de las más pintorescas de los caminos españoles, porque va siguiendo una costa, muy accidentada.

Pero lo que hay que admirar en ella son las colosales obras con que se han vencido los obstáculos que presentaba el terreno. Al salir de Benicasim se presentan las escarpadas costas de Oropesa, donde solo por medio de colosales desmontes y de inmensos terraplenes se ha podido abrir paso á la locomotora, que á veces pasa tan inmediata al mar, que han tenido que construirse fuertes muros de defensa, contra los cuales se estrellan las olas. Allí se encuentra el túnel de Oropesa , que tiene 853 metros de longitud y que está abierto en roca, obra gigantesca, llevada á cabo en breve tiempo, y que prueba que nada hay insuperable para el genio emprendedor de los tiempos modernos. No es menos admirable el gran terraplén situado entre Torreblanca y Alcalá, que es una de las obras de esta clase más notables en España, puesto que tiene una longitud de 2.500 metros y un volumen de 300.000 metros cúbicos....

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

LA CONSTRUCCIÓN DEL FERROCARRIL: (AVT) Compañía del Ferrocarril de Almansa á Valencia y Tarragona. 

- Las siglas (AVT) de Almansa á Valencia y Tarragona.

- El proyecto de ferrocarril de Valencia a Tarragona  en su segunda sección entre Castellón y el Ebro, fue redactado en 1857, por el ingeniero inglés James Beaty, al servicio del AVT, en tanto que el tramo entre Valencia y Castellón corrió a cargo de su compatriota Edward Mamby.

- Los edificios de las estaciones de la línea del AVT entre Valencia y Tarragona fueron proyectados por el ingeniero de caminos Andrés Mendizábal Undargarín, ingeniero que posteriormente pasó al servicio de la Sociedad Catalana General de Crédito, que lo destinó a la construcción del Camino de Hierro de Martorell a Barcelona.

- El ingeniero Antonio Revenga Quevedo, tomó a su cargo en 1861, el Ferrocarril de Valencia a Tarragona por cuenta de la AVT, redactando un nuevo proyecto que modificaba el primitivo redactado por Beaty, entre Valencia y el Puig y entre Nules y Villarreal. Proyectando en 1862 la variante entre Castellón y Alcalá de Xivert. Proponiendo una variante entre Benicasim y Oropesa para soslayar la construcción de un túnel, variante que fue desestimada por la Administración.

- En las obras de la Sección hasta Castellón, desde Valencia, el 16 de septiembre de 1862 se abrió al tráfico la estación de Chilches, situada en el Pk 41 de la línea de Valencia a Barcelona (GCH 27.09.1866).

- En el resto de la línea hubo que emplearse a fondo en el desarrollo de la subida entre Torreblanca y Alcalá, donde el acusado desnivel requirió a la compañía establecer una reserva de locomotoras en Torreblanca, con el objeto de empujar por cola, mediante una máquina piloto, los trenes en dirección Tarragona. En Torreblanca se estableció una aguada alimentada mediante un pozo propiedad del Conde de Godó.

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES: 







Antiguo puente ferroviario del Estopet.